LUCIO M.PALUMBO
La fraternidad humana como categoría político-jurídica
538 páginas.
JULIO DE 20233
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A diferencia de lo sucedido con los otros dos componentes del lema de la Revolución Francesa −la libertad y la igualdad−, la fraternidad no aparece mencionada en el articulado de la Constitución nacional originaria de 1853/1860 y en los textos de sus reformas más importantes de 1949, de 1957 y de 1994.Sin embargo, el concepto de fraternidad tiene un profundo arraigo en los ámbitos filosófico, teológico, del magisterio de la Iglesia Católica y en el campo jurídico internacional. Una de estas vertientes es la bíblica, universalizada en el Nuevo Testamento y enriquecida con el aporte de pensadores como Aristóteles, Cicerón, Tomás de Aquino y otros, y a partir de fines del siglo XIX con el magisterio papal de León XIII y sus sucesores, llegando hasta nuestros días con la encíclica Fratelli tutti, escrita por el papa Francisco.A raíz de los horrores de la Segunda Guerra Mundial, tanto en el Preámbulo de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948 como en el artículo 1° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos del mismo año aparece el mandato de comportarse “fraternalmente”. Con la reforma constitucional de 1994 se incorporaron a la Carta Magna −en “las condiciones de su vigencia”− las declaraciones, tratados y convenciones de derechos humanos, entre las que se encuentran dichas declaraciones internacionales.En la obra se analizan diversas fuentes del Derecho argentino a la luz de este principio, como el pensamiento de los constituyentes y de la doctrina, y algunas leyes y jurisprudencia recientes, teniendo en cuenta su compatibilidad con el espíritu de la última reforma.
Prólogo de SERGIO DÍAZ RICCI